Modelo 720 Declaración sobre Bienes situados en el extranjero
La Ley 7/2012 establece la obligación de informar sobre los bienes y derechos situados en el extranjero. Esta obligación se cumplimenta a través del modelo 720 que se presenta por vía telemática.
Tendrán la obligación de presentar este impreso todas aquellas personas residentes fiscales en España que dispongan de bienes y derechos ubicados en el extranjero. Dichos bienes y derechos son:
- Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero
- Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados o bien obtenidos en el extranjero
- Bienes inmuebles y derechos bienes inmuebles situados en el extranjero.
En cualquier caso, no habrá obligación de presentar este modelo si el conjunto de cada apartado no supera los 50.000 €
Tienen la obligación de presentar esta información tanto los titulares, como los autorizados, beneficiarios o titulares reales.
El plazo de presentación es entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año.
Les recomendamos realicen esta declaración en el caso de que se tengan alguno de los bienes detallados y cumplan los requisitos ya que las sanciones en este caso son bastante elevadas.